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Fray Antón de Montesinos falleciò el 27 de junio 1540 - Historiando con  Vicente Florian

INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES (INACIF)

DENUNCIA

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Denuncian cúmulo de cadáveres en Inacif del Cristo Redentor

 por Amaury Mo

Parientes de fallecidos a los que practicarán autopsia en la sede del Instituto Nacional de Ciencias Forenses del cementerio Cristo Redentor, denunciaron ayer que el procedimiento está suspendido hasta que concluya la reparación del local y temen recibir cadáveres descompuestos, pues ya el olor delata su estado.

La incertidumbre les agobia en casos como el de Juan Pablo Gómez. No obtiene el más mínimo aliento sobre la entrega de los restos de su tío y cinco días después del deceso solo le indican que cuando terminen los trabajos harán las necropsias.

Salvo las víctimas de incendio, que no requieren agua para el estudio, los otros deben esperar, porque no podemos echar una gota hasta que todo esté listo”, explica un empleado, que tampoco tiene idea de cuándo será.

FAMILIARES BUSCAN RESPUESTA

Mientras, familiares de difuntos merodean a diario por la zona en busca de respuestas y cuestionan que aún ese centro reciba cuerpos si no está en condiciones de ejecutar el procedimiento.

Instituto Nacional de Ciencias Forenses | Procuraduría General de la  República Dominicana

CONOCE SOBRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES (INACIF)

El INACIF es un órgano técnico funcionalmente independiente, adscrito administrativamente a la Procuraduría General de la República, con la misión principal de brindar auxilio científico y técnico a los órganos de investigación y a los tribunales penales y en las condiciones que establezca la correspondiente reglamentación, a otros órganos públicos y privados y a los particulares.

Fue creado mediante Resolución No. 16956, de fecha 20 de diciembre del año 2004, por la Procuraduría General de la República, cuyas funciones son las siguientes:

1. Brindar los informes y dictámenes que soliciten las autoridades judiciales y el Ministerio Público.

2. Practicar los análisis e investigaciones científicos y técnicos que sean requeridos por el Ministerio Público, las autoridades judiciales, entes oficiales o privados o particulares, en las condiciones que autorice la reglamentación.

3. Definir normas técnicas o científicas que deben cumplir organismos o personas que realicen funciones periciales relacionadas con las ciencias forenses en sentido general y en las demás áreas establecidas.

4. Delegar o contratar en algunas personas naturales o jurídicas la realización de algunas actividades periciales y controlar su ejecución.

5. Presentar al Magistrado Procurador General de la República los proyectos de resoluciones que sean necesarios expedir para regularizar y estandarizar la prestación de servicios de ciencias forenses.

EFLEXION «La dignidad humana siempre ha de prevalecer «

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