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SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional (TC) acogió la acción directa contra de la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que eliminaba el arrastre en 26 provincias y lo mantenía en cinco, además del Distrito Nacional.

En una sentencia anterior el TC acogió parcialmente una acción similar que buscaba declarar como inconstitucional los primeros cuatro artículos de la Ley del Voto Preferencial 157-13.

En la misma eliminó el arrastre entre senadores y diputados, provocando una reacción en cadena que lo extirpaba por igual de la nueva Ley de Régimen Electoral.

Los rebotes

Aunque el resultado actual era previsible, se recuerda que originalmente se trató de una acción de amparo elevada ante el Tribunal Superior Electoral, el cual se declaró incompetente al considerar que la misma era de carácter administrativo.

Luego de varias semanas en el Tribunal Superior Administrativo, este la reenvió al TC convertida en una acción directa de inconstitucionalidad.

La JCE informó que tan pronto sea notificada procederá a reformular la resolución previa.

Voto directo

Ya no quedan atascos legales que impidan que se pueda votar directamente y de manera cruzada en las próximas elecciones.

La JCE deberá confeccionar cuatro boletas, una por cada nivel de elección popular, separando la parte congresual.

Fuente El Día

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