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Cumplimiento con la Ley 33-18

Dirección Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político de la JCE, dirige Ramón Hilario Espiñeira Ceballos

La documentación deberá ser depositada en horario de 8:00 de la mañana a 3:00 de la tarde

En cumplimiento con la Ley 33-18, los partidos políticos tienen hasta este miércoles en la tarde para presentar ante la Junta Central Electoral (JCE) sus presupuestos no desglosados con los programas a desarrollar en el presente año 2021.

La documentación deberá ser depositada en horario de 8:00 de la mañana a 3:00 de la tarde, vía la secretaría general del organismo de elecciones y de registro civil.

Agotado el procedimiento, corresponderá a la Dirección Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político de la JCE, que dirige Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, revisar las documentaciones.

Informe de ingresos hasta Junio

Las organizaciones políticas además tienen hasta junio para presentar los informes de ingresos y gastos del pasado año.

“Durante los primeros diez días del mes de febrero de cada año, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos con vocación para acceder al financiamiento público presentarán, so pena de perder tal facultad, un presupuesto general, no desglosado, conteniendo los programas a desarrollar en el año de que se trate”, refiere el párrafo II, del artículo 62 de la Ley 33-18 de Partidos.

Cómo invertir

La legislación establece que los recursos del Estado que reciban los partidos y movimientos políticos deben ser invertidos de la siguiente manera:

“No menos de un 10 % será destinado a los gastos de educación y capacitación; 50 % para cubrir los gastos administrativos operacionales como son pago de personal, alquiler, servicios y otros, así como 40 % para apoyar las candidaturas a puestos de elección popular de manera proporcional en todo el territorio nacional”.

Las organizaciones políticas podrán recibir aportes para el financiamiento de sus actividades, procedentes de personas naturales, presentando una nómina de contribuyentes para los fines de comunicación en una página web conforme a lo que establece la Ley No. 200-04, de Libre Acceso a la Información.


Fuente Diario Libre

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