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Vigencia ley de garantías mobiliarias

Santo Domingo.- Al llegar el plazo para la entrada en vigencia de la ley 45-20 sobre Garantías Mobiliarias, que crea un nuevo sistema electrónico y novedosos procesos de ejecución en ese sentido, el Ministerio de Industria Comercio y Mipymes (MICM) reiteró la necesidad de que sea conocido por el Congreso Nacional el proyecto que extiende el período para su puesta en marcha.

En ese sentido, el Ministerio de Industria Comercio y Mipymes (MICM), aseguró que en el contexto actual, la implementación efectiva de esta ley adquiere un carácter especial porque la misma es un estímulo directo para la reactivación de los sectores productivos, especialmente para que las mipymes y otras industrias puedan acceder a más y mejores oportunidades de crédito, condiciones necesarias para seguir construyendo un clima favorable para nuestra economía en tiempos de covid-19.

“En el MICM estamos en toda la disposición de ser parte de los trabajos junto a los legisladores, de quienes conocemos el compromiso que tienen con el aparato industrial dominicano y las acciones encaminadas a reactivarlo, incentivarlo y protegerlo, como lo ha hecho el presidente Luis Abinader, declarando de prioridad nacional la industrialización del país”, apunta la nota remitida por dicha instancia gubernamental.

El pasado 26 de noviembre el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, sometió un proyecto dónde explica a los legisladores las causas por las cuales dicha ley no podrá entrar en vigencia, dentro de las cuales cita los plazos para la contratación del software requerido para la operación y administración del sistema electrónico, conforme a los procedimientos que establece la ley de alianzas público-privadas, además de los retrasos provocados por los efectos del covid-19.

Sobre la Ley 45-20

La Ley No. 45-20 de Garantías Mobiliarias del 18 de febrero de 2020, crea un sistema electrónico como base para un régimen de garantías mobiliarias, así como un régimen legal unitario para la constitución, efectividad, publicidad, registro, prelación y procesos de ejecución relacionados con dichas garantías.


Fuente: Ministerio de Industria Comercio y Mipymes

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