Junta Central electoral de la Republica Dominicana

Resolución 28/2021

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Resolución 28/2021

JCE advierte hasta 2023 los aspirantes no podrán ser precandidatos

No se podrá hacer promociones por Facebook, Twitter, Instagram, TikTok, YouTube

El tema del proselitismo de los candidatos a destiempo ha sido la principal preocupación de las últimas semanas para el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo y el resto del pleno de la entidad, al extremo de emitir un comunicado llamando a los partidos a respetar el período de la precampaña, lo cual fue cuestionado por esas organizaciones.

  La JCE se ha visto precisada a emitir la resolución 28/2021 que regula el período previo al inicio de la precampaña de cara a los procesos de selección interna de candidaturas.

Establece

Esta decisión establece en su artículo cinco la creación del período “previo a la precampaña”, que abarca el tiempo transcurrido entre la entrada vigencia de la presente resolución y el inicio formal de la precampaña el domingo 2 de julio de 2023 y que hasta entonces los aspirantes presidenciales no podrán ser declarados de manera oficial como precandidatos.“…En ese período, los ciudadanos y ciudadanas afiliados a los partidos, agrupaciones y movimientos  políticos podrán manifestar a lo interno de sus organizaciones, el interés de aspirar a una precandidatura a un puesto de elección popular y realizar las actividades que permitan exponer sus intenciones a los miembros de sus respectivas organizaciones políticas, sin formalizarla públicamente”, dice textualmente la resolución en dicho artículo.

La Junta Central Electoral (JCE) reguló ayer la etapa previa a la precampaña con una resolución, en la que establece controles para el proselitismo de los partidos y el uso de las redes sociales.

Conforme a la Ley 33-18 de Partidos Políticos, las organizaciones deberían iniciar sus actividades proselitistas internas en el mes de julio del año 2023, lo que llevó a la JCE a dictar una regulación del tiempo previo con la intención de fiscalizar y aplicar las sanciones por incumplimiento.

En consecuencia, la resolución 28/2021 dispone que durante el período previo a la precampaña, los aspirantes a precandidaturas podrán celebrar reuniones a lo interno de los locales de sus partidos, en lugares cerrados y áreas restringidas donde no se obstaculice el libre tránsito ni se interrumpa las actividades que habitualmente realiza la ciudadanía.

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