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EPoder Ejecutivo decretó de emergencia las compras y contrataciones de bienes y servicios para las labores de rescate, así como para la construcción y reconstrucción de las obras afectadas por los aguaceros acaecidos la tarde del pasado viernes, por lo que resultaron, además, cuatro personas fallecidas.

De acuerdo al decreto 638-22, la disposición será para Santo Domingo y el Distrito Nacional, zonas del país que han sido las más afectadas por el impacto de dos fenómenos atmosféricos que inciden sobre el territorio dominicano desde el pasado jueves.

Según la disposición, las entidades autorizadas para las compras y contrataciones con excepción de emergencia nacional, son: Ministerio de Educación, Instituto Nacional de Estabilización de Precios (INESPRE), Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS); Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), Ministerio Administrativo de la Presidencia, Servicio Nacional de Salud (SNS), Programa de Medicamentos Esenciales — Central de Apoyo Logístico (PROMESE-CAL), Plan de Asistencia Social de la Presidencia, Comedores Económicos del Estado Dominicano, Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial y la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial.

También, el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Boca Chica (CORAABO), Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED), Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDEESTE), Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR), Defensa Civil y Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1.

“Las instituciones incluidas en el presente decreto deberán gestionar los procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas”, dice el artículo 3 del decreto.

La disposición acota que las entidades indicadas en el presente decreto deberán rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas, así como difundirlo a través del portal institucional y el Portal Transaccional, dentro de los 15 días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.

Hoy Digital

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