Declaración Eddy Olivares @PRM_Oficial sobre propuesta de aplazamiento Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones 17 de mayo

Eddy Olivares afirma son precipitadas las sugerencias de posponer elecciones de mayo por coronavirus

Dijo que sería a la Junta Central Electoral a quien correspondería decidirlo de común acuerdo con el liderazgo político

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El exmiembro de la Junta Central Electoral, Eddy Olivares, y dirigente de l@PRM_Oficial calificó de precipitadas e innecesarias las sugerencias de aplazar las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones, programadas para celebrarse el 17 de mayo del 2020, considerando que apenas han transcurrido cuatro días de la declaración de estado de emergencia por el coronavirus en la República Dominicna.

Olivares indicó que «la prudencia indica que para plantear esa posibilidad se debe dar tiempo a que las medidas adoptadas por las autoridades, con el apoyo de toda la comunidad política y la sociedad, den el resultado positivo esperado para superar con éxito este difícil trance que, a causa de una pandemia, está impactando a toda la humanidad.«

En ese orden, Olivares sostuvo que para plantear dicha posibilidad debe darse tiempo a que las medidas adoptadas por las autoridades, arrojen un resultado frente a la pandemia, que en el país ha causado la muerte de seis personas, entre ellas la diseñadora Jenny Polanco y 312 afectados.

Consideró que es la Junta Central Electoral a quien corresponde, de común acuerdo con el liderazgo político decidir sobre el aplazamiento de las elecciones.

“Si los hechos llegaran a demostrar que es, razonablemente,  imposible celebrar las elecciones en la fecha establecida en la Constitución Política, sería a la Junta Central Electoral a quien correspondería, en todo caso, decidir su aplazamiento, de común acuerdo con el liderazgo político”, Así lo indicó el exmiembro de la Junta Central Electoral, Eddy Olivares .

A continuación la declaración Íntegra de Eddy Olivares

DECLARACIÓN DE EDDY OLIVARES SOBRE PROPUESTA APLAZAMIENTO DE LAS ELECCIONES

Me parece muy precipitado e innecesario sugerir el aplazamiento de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones, programadas para celebrarse el 17 de mayo del 2020, cuando apenas han transcurrido cuatro días de la declaración de nuestro país en estado de emergencia.

La prudencia indica que para plantear esa posibilidad debemos dar tiempo a que las medidas adoptadas por las autoridades, con el apoyo de toda la comunidad política y la sociedad, den el resultado positivo que todos esperamos para superar con éxito este difícil trance que, a causa de una pandemia, una vez más, está impactando a toda la humanidad.

El coronavirus será dejado atrás y confiamos que en nuestro país será a corto plazo, por lo que debemos permitir trabajar a las autoridades sanitarias, sin introducir al debate nacional, en este momento, temas innecesarios y polémicos que puedan entorpecer su delicada tarea de erradicar el contaminante virus.

Por su parte la Junta Central Electoral, que es la organizadora de las elecciones, ha venido cumpliendo, sin mayores dificultades, con el cronograma electoral.

En ese sentido, si los hechos llegaran a demostrar que es, razonablemente,  imposible celebrar las elecciones en la fecha establecida en la Constitución Política, sería a la Junta Central Electoral a quien correspondería, en todo caso, decidir su aplazamiento, de común acuerdo con el liderazgo político.

El aplazamiento de unas elecciones es un tema muy delicado, que no debe precipitarse, debido a que tiene implicaciones constitucionales, que generan una gran tensión en una democracia representativa como la nuestra.

En lo relativo a la convocatoria extraordinaria de unas elecciones, la Carta Magna solo se refiere a que las asambleas electorales deben reunirse a más tardar sesenta días después de la publicación de la ley de convocatoria.

Por su lado, la Ley Orgánica del Régimen Electoral 15-19, solo se limita a considerar las elecciones extraordinarias como aquellas que se efectúan por disposición de una ley o de la Junta Central Electoral, para proveer los cargos electivos correspondientes a divisiones territoriales nuevas o modificadas, o cuando sea necesario por haber sido anuladas las elecciones anteriormente verificadas en determinadas demarcaciones, de acuerdo con la ley o para cualquier otro fin.

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Fuente AcentoDiario Libre