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Santo Domingo, República Dominicana.- El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Andrés Jáquez Liranzo, expuso durante su conferencia “Los porqués de la reforma electoral”, siete razones que responden a la necesidad de un marco jurídico actualizado.
La conferencia se llevó a cabo en el salón Leonel Read de la Universidad APEC, donde asistieron los miembros titulares del Pleno de la JCE: Rafael Vallejo Santelises, Dolores Fernández, Patricia Paniagua y Samir Chami Isa, así personalidades de distintos sectores.
Las 7 razones para una reforma electoral citadas por el presidente de la JCE, se centraron en las sentencias de los tribunales que impactaron en el ámbito electoral, periodos de precampañas y campañas muy largos, topes de gastos muy altos, efectos negativos del voto preferencial, poca claridad en el régimen sancionador electoral, jurisdicción contencioso electoral es una telaraña competencial, así como la necesidad de un marco jurídico que garantice las buenas prácticas.
Al citar el primer motivo o porqué, Jáquez Liranzo explicó que uno de los principales problemas con los cuales se enfrentan a la hora de aplicar la legislación electoral tiene que ver con la cantidad de articulados que han sido eliminados por el Tribunal Constitucional y otros más que, si bien no han sido expulsados del ordenamiento jurídico, han sido declarados inconstitucionales teniendo solamente efectos interpartes.
El segundo porqué, se centra en que los períodos de precampaña y campaña son muy largos e incluso indeterminados, lo que se traduce en desigualdades en la contienda y excesivos gastos económicos.
Resaltó que de la normativa actual se desprende que el periodo de precampaña en República Dominicana es colocado dentro de una doble clasificación, esto es: extensas e indeterminadas.
Jáquez Liranzo recordó que en octubre del 2021 la JCE emitió la resolución 028-2021 mediante la cual reguló, ante el vacío legal, el periodo previo al inicio de la precampaña estableciendo de manera clara cuáles actos están prohibidos antes del inicio formal de la precampaña.
El tercer porqué que expuso el presidente de la JCE, este observa que los topes de gastos son muy altos, no tienen controles de fiscalización ni sanción ante incumplimiento.
“La lógica del establecimiento de topes para el gasto de precampañas y campañas es el fomento al principio constitucional de equidad en la contienda e impedir que las diferencias que pudiera haber en cuanto a los recursos de los que disponen las distintas organizaciones políticas afecten de manera excesiva las posibilidades reales de competencia”, señaló.
En lo que concierne al cuarto porqué, Jáquez Liranzo expresó que el voto preferencial en las elecciones municipales no es garante de una competencia económicamente justa, empeora la logística electoral, debilita a los partidos y obstaculiza la participación de mujeres y jóvenes.
Entre los efectos negativos que considera tiene el voto preferencial, enumeró el encarecimiento de los procesos electorales, debilitamiento de la institucionalidad partidaria, empeora la logística electoral y no es favorable a la presentación de mujeres y jóvenes.
Señaló que el quinto porqué se centra en que el régimen administrativo sancionador electoral en algunos tipos no está claro y puede causar incongruencias entre la JCE y el TSE.
Para Román Jáquez, el sexto motivo o porqué contempla el hecho de que la jurisdicción contencioso electoral es una telaraña competencial entre el TSE, TSA y el TC.
Finalmente, en el séptimo porqué para entender la necesidad de la reforma electoral, Jáquez Liranzo resaló que la organización de elecciones requiere un marco jurídico que garantice su ejecución en base a buenas prácticas y principios que aseguren la integridad electoral.