Participación Ciudadana movimiento cívico
El movimiento cívico y capítulo dominicano de Transparencia Internacional, Participación Ciudadana, expresó mediante un comunicado de prensa, que la Cámara de Diputados, tiene el deber de evaluar con transparencia y en observancia de los requisitos establecidos en la Ley No.19-01, que instituye el Defensor del Pueblo para la selección de la terna que deberá proponer al Senado para la designación de la persona que ocupará tan importante función pública.
Requisitos
Los artículos 5 y 11 de la referida Ley establecen dentro de los requisitos para optar por esta función pública, tener una reconocida solvencia moral y profesional, poseer amplios conocimientos de la administración pública y de la gestión gubernamental, así como no pertenecer a partido político alguno.
Mueve a Preocupación
El Consejo Nacional de Participación Ciudadana, expresó su preocupación por declaraciones del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, en el sentido de que las notas de las evaluaciones que determinan si los candidatos cumplen o no con los requisitos legales son “solo referencia y no determinan las ternas”.
Lo que implica que lo dispuesto en la Ley 19-01 puede ser violado por el propio órgano congresual que la aprobó y sobre todo por su presidente, que como diputado en el año 1991 aprobó tales requisitos.
Fuente Hoy Digital