Ministerio de Administración Pública
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) informó que se mantienen inalterables los horarios y condiciones de trabajo del sector público dispuestos en la resolución Núm. 039-2021 que restableció la jornada laboral hasta las cuatro de la tarde y que dispuso la reincorporación de los empleados a las instituciones, en la modalidad presencial, menos los que pasan de 65 años, las embarazadas, los que padecen de cáncer, enfermedades cardiovasculares u otro tipo de afecciones graves.
El licenciado Darío Castillo Lugo, titular del MAP, sostuvo que el decreto 319-21, del 13 de mayo del 2021, mantiene vigente todas las medidas dispuestas en el decreto 133-21, del 1 de marzo de 2021, y sus modificaciones, a partir del lunes 17 de mayo y hasta el domingo 30 de mayo del año en curso, por lo que hasta el momento no se han establecido cambios en los horarios de trabajo del sector público.
Dijo que desde el inicio de la pandemia de la COVID-19, ese Ministerio ha emitido circulares y resoluciones, cónsonas con los decretos emitidos por el presidente de la República, hasta la fecha, a los fines de regular el manejo del personal de los entes y órganos de la Administración Pública.
Recordó que de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 41-08, de Función Pública, en sus artículos 7 y 8, numerales 3 y 5, el MAP es el órgano rector del empleo público y de los distintos sistemas y regímenes previstos por dicha ley, a cuyos fines le corresponde velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley y emitir, con carácter obligatorio y vinculante, dictámenes interpretativos sobre la aplicación de la Ley y sus respectivos reglamentos.
Entre las resoluciones adoptadas por el MAP relativas a la jornada laboral a causa de la COVID-19, se encuentra la 039-2021 que restableció la jornada laboral en el sector público hasta las cuatro de la tarde, manteniendo las medidas sanitarias pertinentes en sus respectivos espacios laborales.
Explicó que esta medida, que estuvo basada en el decreto 174-21, dispuso la reincorporación del 60% de los servidores públicos a las instituciones, en la modalidad presencial, así como la modalidad del teletrabajo para el 40% de la plantilla de empleados no esenciales para la actividad del Estado.
La resolución 039-2021, cuya vigencia se mantiene, “desde el lunes 22 de marzo hasta que se produzcan situaciones que ameriten el cambio de la misma”, según indica su artículo sexto, determina que permanecen en teletrabajo los colaboradores que sobrepasan los 65 años de edad, las embarazadas, y los que padezcan enfermedades, en condiciones graves o crónicas, calificadas de alto riesgo, como son: cáncer, asma moderado o crónico, enfermedad renal crónica, diabetes mellitus tipo 2, y afecciones cardíacas graves.
Asimismo, las personas inmunodeprimidas (con sistema inmunitario debilitado), a causa de trasplante de médula ósea o de órganos, VIH, el uso de corticoides o de otros medicamentos que debilitan el sistema inmunitario, o con cualquier otra enfermedad que las autoridades sanitarias consideren.
Darío Castillo Lugo también citó la resolución número 055-2021, emitida por el MAP el 9 de abril de este año, a través de la cual ese Ministerio ordenó el reintegro de todo el personal del sector salud a sus puestos de trabajo a partir del lunes 12 de abril del año 2021, debido a los avances del programa nacional de vacunación “Vacúnate RD”, mediante el cual había sido vacunado, con la primera y segunda vacuna, todo el personal de salud; tanto los de primera línea que trabajan en los centros COVID-19, en la fase 1A, como el resto del personal de ese sector, en la fase 1B.
Explicó que esta medida, específica para el sector salud, se adoptó en función de que este personal es considerado esencial, en estos tiempos de crisis sanitaria.
Reiteró que las embarazadas del sector salud se mantienen en teletrabajo, debido a la vulnerabilidad y el riesgo que supone la presencia de ese personal en los centros de labores por la incidencia de la COVID-19, porque no han sido vacunadas, con lo cual se excluye este recurso humano de lo dispuesto en la resolución 55-2021, de acuerdo a la aclaración publicada por el MAP, el 13 de abril de 2021.
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