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Ley de Partidos coadyuva a reconstruir el Estado de derecho

Escribo este artículo a sabiendas de que alguna parte de sus argumentos ha sido sugerida en artículos míos anteriores. Y esto así, porque en el dilatado proceso de estudio del proyecto de Ley de Partidos Políticos, las contradicciones de los dos bandos existentes en el Partido de la Liberación Dominicana han pretendido ignorar que la Constitución de la República esclarece, de manera rotunda, lo que concierne a las primarias internas y externas de las organizaciones políticas. Culpa de ese voluntario y oportunista desconocimiento es el atasco en el que hoy día se encuentra ese Proyecto en el Congreso Nacional.

Antes de otras consideraciones, aclaremos: las primarias son aquellas elecciones internas que llevan a cabo las organizaciones políticas para seleccionar a sus dirigentes y a sus candidatos a Presidente de la República, a senadores, diputados, alcaldes y regidores.

¿Qué sucede en el Congreso Nacional que los legisladores no se ponen de acuerdo sobre esas primarias internas cuando en verdad el Artículo 216 de la Constitución dicta las pautas para resolver el problema? Pues, muy obvio: Danilo Medina desea, como lo quiso Leonel Fernández en el pasado, que la ley establezca como fórmula obligatoria y única, para todos los partidos, las primarias abiertas y Leonel pretende que sean cerradas y únicas para todos los partidos. Es decir, el primero pugna porque todos los ciudadanos con derecho al voto puedan incidir en las elecciones internas de los partidos a fin de tener la posibilidad de chantajear y comprar con la fuerza del poder y los recursos del Estado a miles de personas en favor de su o sus candidatos, sean estos de su partido o los que puedan convenirle de otros partidos. Leonel, pugna por las cerradas para que Danilo no le haga lo que él le hizo en las primarias abiertas del Partido de la Liberación Dominicana en el año 2007 (“me derrotó el Estado”, dijo entonces Danilo).

¿En realidad, qué dice la Constitución al respecto? En su artículo 216 tras subrayar que “la organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre” estatuye claramente que “la conformación y funcionamiento” de esas organizaciones “deben sustentarse en el respeto” a su “democracia interna y a la transparencia”. La Constitución no habla de primarias abiertas o cerradas, sino que al reconocer la libertad y el derecho de los partidos políticos para su “organización”, su “conformación” y “funcionamiento” les otorga la facultad de hacerlo de acuerdo a “su democracia interna”. Vale decir, que para sus elecciones internas la Carta Magna da libertad a los partidos para aplicar el método que les convenga para escoger a sus dirigentes y a sus candidatos a la Presidencia de la República, a legisladores, alcaldes y regidores. Si el Partido de la Liberación Dominicana esta vez las quiere de un determinado modo, allá él; eso sí, debe obedecer de manera cabal lo que subraya la parte in fine del Artículo 216: con “respeto” a “la transparencia, de conformidad con la ley”, que es lo mismo que decir honestamente, cosa que no es fácil para quienes están acostumbrados a derrotar al oponente utilizando las presiones y los recursos del Estado.

Respetar la Constitución es coadyuvar a la reconstrucción del Estado de derecho en la República Dominicana, muy desmejorado en los actuales momentos.

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