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Recordaron que está prohibido promover la candidatura del actual presidente y candidato desde las embajadas y consulados

A 58 días de llevarse a cabo las elecciones presidenciales y congresuales de la República Dominicana, la Junta Central Electoral (JCE), recordó a los funcionarios del servicio exterior las prohibiciones y regulaciones emitidas en la Ley núm. 20-23.

La Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, ordena a los funcionarios mantener la neutralidad respecto a los candidatos que se encuentran compitiendo en las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, evitando realizar actos que impliquen una inestabilidad en la riña electoral.

Asimismo, agrega la prohibición de  promover la candidatura del actual presidente y candidato desde las embajadas y consulados, debido a la existencia de una relación de dependencia jerárquica por aplicación como lo establece el artículo 128, numeral 3, letra a) de la Constitución de la República, que explica lo siguiente:

Articulo 128.- Atribuciones del Presidente de la Republica. La o el Presidente de la Republica dirige la politica interior y exterior, la administracion civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas, la Policia Nacional y los demas cuerpos de seguridad del Estado.

3.- Como jefe de Estado y de Gobierno le corresponde:

A) Designar, con la aprobacion del Senado de la Republica, los embajadores acreditados en el exterior y los jefes de misiones permanentes ante organismos internacionales, asi como nombrar los demas miembros del cuerpo diplomatico, de conformidad con la Ley de Servicio Exterior, aceptarles sus renuncias y removerlos.

Las elecciones Presidenciales y Congresuales de la República Dominicana, se llevarán a cabo el 19 de Mayo de 2024, donde los ciudadanos dominicanos deben ejercer el derecho al voto.


LISTIN DIARIO

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