JUNTA CENTRAL ELECTORAL
Procesos electorales 2020
Resoluciones y Reglamentos elecciones 2020
11 resoluciones y dos reglamentos para procesos electorales 2020
11 resoluciones y dos reglamentos para procesos electorales 2020
La Junta Central Electoral (JCE) aprobó 11 resoluciones y dos reglamentos relativos a los procesos de elecciones municipales, a celebrarse el 16 de febrero de 2020, y las presidenciales y congresuales, a realizarse el 17 de mayo de 2020.
La resolución 1-2020,
Sobre votación manual y automatizada
Los proyectos aprobados por el pleno de la JCE en la sesión administrativa ordinaria de ayer fueron: resolución 01/2020 sobre votación manual y votación automatizada en el Distrito Nacional y los municipios en las elecciones municipales
La resolución 1-2020, sobre votación manual y automatizada, aduce que la boleta impresa se usará en los municipios que no exceda los 11 regidores. El registro de los votos por partidos y candidatos se hará en cuadernillos auxiliares cuyos resultados se transmitirán vía aplicación informática en un celular de la Junta y también se colocarán en la puerta del colegio electoral
Cuando no se pueda confirmar la huella dactilar del elector, el presidente y el secretario del colegio, habilitarán la boleta automatizada con una clave de acceso.
Si los resultados manual y automatizado tuvieran discrepancia se anotará en el acta del colegio y será conocida por la Junta que emitirá su veredicto.
La resolución 02-2020
Boletas, formato y confección
La resolución 02-2020 sobre formato y confección de boletas electorales para las elecciones ordinarias municipales.
En la resolución 2, sobre formato y confección de boletas electorales, se determinó que la municipal será impresa de forma horizontal y la de distrito municipal en manera vertical.
Resolución 03-2020.-
Voto Preferencial.-
De igual forma, la resolución 03-2020 sobre voto preferencial, representación proporcional y uso del método D’ Hondt para la adjudicación de escaños en las elecciones de 2020.
Municipales.
En el nivel municipal basado en el principio de indivisibilidad el votante no puede votar por el candidato a alcalde de un partido y el candidato a regidor de otro diferente, porque en ese caso anula su voto, dictaminó la Junta Central Electoral mediante la resolución 03-2020.
“Es decir, al votar por un regidor, se estará votando por el alcalde propuesto por ese partido. Igual tratamiento se aplicará para el caso de los directores y vocales, en los cuales votando por un vocal se estará votando por el director o directora que postule el partido”
La resolución 04-2020 .
-Prohibición del uso de armas, celulares, cámaras fotográficas y bultos
La resolución 04-2020 sobre la prohibición del uso de armas, celulares, cámaras fotográficas, computadoras y bultos en los recintos y colegios electorales en las elecciones del año 2020.
La resolución 5-2020.-
Sobre delegados
Igualmente, fue aprobada la resolución 05-2020 sobre delegados políticos ante los colegios electorales 2020
Mediante la resolución 5-2020 sobre delegados políticos ante los colegios electorales, se estableció que los partidos sólo podrán acreditar un delegado titular y un suplente por colegio, preferiblemente que pertenezcan a la misma mesa o recinto electoral. De no ser posible deberán ser electores hábiles del municipio.
Solo ocho partidos políticos tendrán representantes en el centro de procesamiento de datos de la Junta Central Electoral (JCE) por ser los que obtuvieron en las pasadas elecciones el 1.5% que establece la Ley Electoral 15-19.
Se trata de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Moderno (PRM), Revolucionario Dominicano (PRD), Reformista Social Cristiano (PRSC), Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Frente Amplio (FA) y Movimiento Democrático Alternativo (MODA).
De acuerdo a la Ley 15-19 de Régimen Electoral, en su artículo 153 párrafo ll, solo los partidos que obtuvieron más del 1.5% de los votos por nivel de elección tienen el derecho a tener observadores ante el centro de procesamiento de datos de la JCE.
La disposición está contenida en la resolución 5-2020 emitida el pasado sábado por el pleno de la Junta que dispone, además, que cada partido pueda acreditar un delegado y un suplente por cada colegio electoral.
La resolución 06/2020 .-
Disponibilidad de una mesa auxiliar para personas con discapacidad
La 06/2020 que establece la disponibilidad de una mesa auxiliar para el sufragio de las personas con discapacidad en demarcaciones con boletas electorales impresas en las elecciones del año 2020
La resolución 07-2020 .-
Facilidades al envejeciente
La 07-2020 sobre facilidades para el envejeciente o adulto mayor al momento de ejercer el voto en las elecciones del año 2020.
La Resolución 08-2020 .-
EL uso de tinta indeleble
En ese mismo orden, fue aprobada la 08-2020 sobre el uso de tinta indeleble en los colegios electorales y no permanencia en recintos de votación en las elecciones del año 2020.
En la resolución 08-2020 , del uso de tinta indeleble, se dispuso que ningún ciudadano con el dedo entintado permanezca dentro del recinto electoral. También se apela a la Policía Militar Electoral a dar estricto cumplimiento.
La Resolución 09-2020.-
Asistencia del voto
La 09-2020 sobre la asistencia del voto en las elecciones del año 2020.
Sobre la asistencia del voto, se hace constar que si un ciudadano requiriese ser asistido para ejercer el sufragio, deberá presentarse con una persona de su confianza, explicar el vínculo existente y el caso se asentará en un libro de acta. No se podrá asistir a más de dos ciudadanos y de hacerlo será procesado judicialmente.
La Resolución 10-2020 .
-Integración y composición de los colegios
La 10-2020 sobre la integración y composición de los colegios electorales en las elecciones de 2020
La resolución 11-2020 .-
La hora de votación
La resolución 11-2020 sobre la hora de votación en las elecciones de 2020.
Reglamento sobre observadores
Se aprobó el reglamento sobre observadores técnicos ante el centro de procesamiento de datos durante los procesos electorales de 2020, el cual consta de 13 artículos y establece, entre otros, que los partidos políticos reconocidos que hubieren obtenido el 1.5 % o más de los votos válidos, emitidos en las últimas elecciones ordinarias generales, podrán acreditar cada uno un observador técnico ante el centro de procesamiento de datos de la JCE.
Reglamento sobre delegados técnicos ante la Dirección Nacional de Elecciones
Asimismo, el reglamento sobre delegados técnicos ante la Dirección Nacional de Elecciones durante los procesos electorales de 2020, el cual consta de 13 artículos y ordena que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos por la JCE podrán acreditar un delegado técnico y su respectivo suplente ante la Dirección Nacional de Elecciones.
Las referidas resoluciones y reglamentos se encuentran publicados en la página web de la Junta Central Electoral.
El pleno de la JCE estuvo presidido por Julio César Castaños Guzmán, e integrado por los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos por Ramón Hilario Espiñeira, secretario general de la JCE.
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó en su sesión del día de ayer 11 resoluciones y 2 reglamentos relativos a los procesos de Elecciones Municipales, a celebrarse el 16 de febrero de 2020, y las Elecciones Presidenciales y Congresuales, a celebrarse el 17 de mayo de 2020.Los proyectos aprobados en la Sesión Administrativa Ordinaria de fecha 11 de enero de 2020 fueron: la Resolución No. 01/2020 sobre votación manual y votación automatizada en el Distrito Nacional y los municipios en las elecciones municipales del 16 de febrero del año 2020; la Resolución No. 02-2020 sobre formato y confección de boletas electorales para las elecciones ordinarias municipales de febrero de 2020; la Resolución No. 03-2020 sobre Voto Preferencial, representación proporcional y uso del método D’ Hondt para la adjudicación de escaños en las elecciones del 2020; y la Resolución No. 04-2020 sobre la prohibición del uso de armas, celulares, cámaras fotográficas, computadoras y bultos en los recintos y colegios electorales en las elecciones del año 2020.
Las referidas resoluciones y reglamentos se encuentran publicados en la página web de la Junta Central Electoral.
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Fuentes Diario Libre – JCE – El Nacional –