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Asimismo estableció que la “cuota del 10% de la juventud, conforme los dispone el artículo 54 de la Ley de Partidos 33-18, debe ser garantizada en la propuesta nacional de candidaturas que presenten los partidos y no por cada demarcación territorial”.

TSE dice cuota juvenil se aplica a nivel nacional

El Tribunal Superior Electoral (TSE) estableció que la cuota del 10 por ciento que reserva a la juventud la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, debe ser garantizada en la propuesta nacional de candidaturas que presenten las organizaciones, y no por cada demarcación territorial.

TSE rechazó una acción de amparo presentada por precandidato

El Tribunal Superior Electoral (TSE) estableció que la cuota de un 10% para cargos electivos para jóvenes es de aplicación a la nominación nacional no por demarcación territorial.
Así lo indicó a través de la sentencia 80-2019 que rechazó el amparo incoado por Henry de la Cruz, aspirante a vocal del distrito municipal de San Luis, por el Partido Revolucionario Moderno.

De la Cruz alegaba que el PRM violentó sus derechos fundamentales políticos electorales.

No obstante el Tribunal señaló, que en vista de que esa organización política se reservó tres de las cinco plazas para esa posición en dicha demarcación en las pasadas primarias, correspondía a Juan Bautista Baldomero y Wendy Noribel Cepeda, la nominación por ser los precandidatos que obtuvieron mayor votación de acuerdo al cómputo de la Junta Central Electoral.

Con esa motivación, los jueces del TSE rechazaron una acción de amparo presentada por el precandidato a nivel municipal por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Henry de la Cruz de los Santos, contra ese partido y contra la señora Elizabeth Burgos Durán.

Asimismo estableció que la “cuota del 10% de la juventud, conforme los dispone el artículo 54 de la Ley de Partidos 33-18, debe ser garantizada en la propuesta nacional de candidaturas que presenten los partidos y no por cada demarcación territorial”.

El fallo fue adoptado a unanimidad por los jueces que componen el TSE, los magistrados Román Jáquez Liranzo, presidente y los magistrados titulares Cristian Perdomo, Ramón Arístides Madera y Santiago Sosa.

Reservas en PRM

El TSE argumentó, además, que el PRM se reservó tres de las cinco plazas a vocales en el Distrito Municipal San Luis, de la provincia Santo Domingo, y que en las primarias simultáneas solo se disputaron dos plazas, que fueron obtenidas por los señores Juan Bautista Baldomero y Wendy Noribel Cepeda Polanco, por haber sido los más votados en esa demarcación, según los resultados finales emitidos por la Junta Central Electoral (JCE).

EL TSE estableció que la “cuota del 10% de la juventud, conforme los dispone el artículo 54 de la Ley de Partidos 33-18, debe ser garantizada en la propuesta nacional de candidaturas que presenten los partidos y no por cada demarcación territorial”.

Fuentes

Listin Diario

El Caribe