SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional oficializó esta noche la sentencia mediante la cual eliminó el voto de arrastre” de diputados a senadores.
El Tribunal acogió un recurso que había depositado la Fuerza Nacional Progresista contra la Ley 157/13 sobre el voto preferencial que establece el arrastre de diputados a senadores.
El artículo dos de la Ley 157/13 sobre el Voto Preferencial establece que los votos marcados en la casilla de los candidatos a diputados se sumarán a cada organización y por ende al candidato a senador de esa organización.
El párrafo único del artículo dos sobre la forma de elección señala que “cuando el elector decide marcar la fotografía del candidato o la candidata a diputado o diputada de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de este o esta y por ende al candidato o candidata a senador o senadora de dicho partido”.
El TC declaró la inconstitucionalidad y la nulidad del párrafo del artículo 2 de la Ley núm. 157-13, de fecha 9 de diciembre de 2013, y por consiguiente la obligación a cargo de los órganos que competan de proceder a la revisión de las normas y adecuarla a la decisión del tribunal.
Ver a continuación el texto íntegro de la sentencia del TC AQUI
Fuente: El Dia