DEGRADACIÓN SOCIAL| Obispo Castro Marte asegura decisión del @TribunalConstRD afrenta la fe cristiana; llama al pueblo a pronunciarse en contra  @elnuevodiariord

DEGRADACIÓN SOCIAL| Obispo Castro Marte asegura decisión del @TribunalConstRD afrenta la fe cristiana; llama al pueblo a pronunciarse en contra @elnuevodiariord

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DENUNCIA RESPONSABLE – EN DEFENSA DE LOS PRINCIPIOS Y LOS VALORES CRISTIANOS

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Obispo Jesús Castro Marte expresa fuerte desacuerdo con la reciente decisión del Tribunal Constitucional sobre las relaciones entre personas del mismo sexo en las Fuerzas Armadas y la Policía.

Ve con “perplejidad y asombro la trepidante degradación social que corroe sin pruritos a la sociedad dominicana”

 SANTO DOMINGO.- El obispo de la Diócesis de Nuestra Señora de La Altagracia, monseñor Jesús Castro Marte, expresó su rechazo a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) la cual declara inconstitucionales y expulsa del ordenamiento jurídico dos disposiciones que penalizan las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo dentro de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

En una publicación en su cuenta de X, Castro Marte manifestó que ve con “perplejidad y asombro la trepidante degradación social que corroe sin pruritos a la sociedad dominicana, hoy día”.

“Aquellos valores que han sustentado nuestra identidad por siglos, dando cohesión, pertenencia, solidaridad y convivencia pacífica a nuestro pueblo están, evidentemente, en manos de personajes desaprensivos que hacen del cultivo y la permisividad de anti valores un nuevo credo, sin el menor atisbo de asombro de nuestras autoridades y con la indiferencia de una gran parte de nuestra gente”, escribió el prelado.

Asimismo, indicó que, “la execrable sentencia” evacuada por el TC encumbra la sodomía al estatus de fuerza de Ley, constituye una afrenta para la fe cristiana que profesa y “un atentado a la formación moral de los ciudadanos de ayer, de hoy y de mañana”.

“Rechazamos enérgicamente el adefesio legal con el que se ha querido justificar y llamamos a nuestro pueblo a pronunciarse en contra de los promotores de tal iniciativa en todos los términos que nos son permitidos”, señaló.

Publicación de monseñor Jesús Castro Marte en X (Foto: Screenshot en X)

Sobre la decisión DEL TC @TribunalConstRD

La decisión, que sienta un precedente importante en materia de derechos humanos, elimina formalmente del sistema jurídico dominicano dos artículos heredados de un régimen disciplinario de mediados del siglo XX.

Se trata del artículo 210 de la Ley 285-66 y del artículo 260 de la Ley 3483-53, vigentes desde las décadas de 1950 y 1960, que contemplaban sanciones penales, incluyendo prisión, para oficiales y alistados que incurrieran en lo que las normas denominaban “sodomía” o concúbito entre personas del mismo sexo.

La decisión surge del expediente TC-01-2024-0030, correspondiente a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina.

El Tribunal admitió la acción en cuanto a la forma y la acogió en cuanto al fondo, declarando que los artículos impugnados violan los principios constitucionales de igualdad, dignidad humana y prohibición de discriminación, ordenando así su expulsión del sistema jurídico dominicano.

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La sentencia fue aprobada por el pleno integrado por los magistrados Napoleón R. Estévez Lavandier, Miguel Valera Montero, Eunisis Vásquez Acosta, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Manuel Ulises Bonnelly Vega, Sonia Díaz Inoa, Army Ferreira, Domingo Gil, Amaury A. Reyes Torres y José Alejandro Vargas Guerrero.

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La acción presentada por los ciudadanos fue motivada en que los artículos impugnados sancionaban exclusivamente relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, mientras conductas similares entre personas de sexo opuesto no recibían ningún tipo de penalidad.

Los accionantes sostuvieron que esta diferenciación constituía una discriminación basada en la orientación sexual, contraria a los artículos 39, 62 y 74 de la Constitución, así como a tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Alegaron que los códigos militares y policiales excedían su ámbito disciplinario al sancionar conductas privadas que no guardaban relación con la función institucional.

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