PROHIBICIONES EN EL METRO – TRANSPORTE
La realización de toma, grabación, imágenes y sonido de las instalaciones del Metro de Santo Domingo y Teleférico con fines personales, salvo autorización, figura entre las 37 prohibiciones que tienen los usuarios de los servicios de transporte masivo.
Esta privación en específico figura en el numeral 24 del artículo 34 del “Manual de Usuario de los Servicios del Metro y Teleférico de Santo Domingo”, dispuesto por la Oficina Para el Reordenamiento de Transporte (Opret), en su portal web.
“La realización, toma, grabación, etc. de imágenes y sonido de las instalaciones del Metro de Santo Domingo y Teleférico con fines no personales, salvo autorización escrita de la Entidad Transportadora. Dicha autorización deberá ser mostrada ante cualquier empleado de la Entidad Transportadora que lo solicite”, cita textualmente.
Escuchar música o cualquier material auditivo a alto volumen, comer, beber, recolectar dinero, realizar cantos, oraciones de proselitismo político y religioso, distribuir volantes de publicidad, tirar basura, entre otras cosas, son otras de las prohibiciones que figuran en la lista de 37 negativas.
Realizar cantos, oraciones o discursos de proselitismo político o religioso, es uno de los más comunes y de los que genera mayor cantidad de opiniones, a favor y en contra, desde su implementación en 2019 y que aún usuarios incurren, ya que de acuerdo a algunos pasajeros, se mantienen los discursos principalmente religiosos, en ocasiones sin recibir llamado de atención de parte de los agentes del Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro (Cesmet).
La prohibición para los usuarios de ese particular se encuentra dispuesto en el artículo 34, numeral 27, donde dice de manera textual: “realizar cantos, oraciones o discursos de proselitismo político o religioso que afecten la tranquilidad en el viaje a otros usuarios”.
Otro de los impedimentos establecidos en el numeral 28 del mismo artículo y que igual las personas realizan es el consumo tanto de alimentos y bebidas en el interior de los vehículos, prohibición que tiene excepción “salvo los lugares destinados para el fin por la entidad transportadora”.
Escuchar música, audios o ver videos a alto volumen es otra de las prácticas comunes de algunas personas y de las quejas de otros usuarios, a pesar de que es una prohibición que se encuentra en el numeral 30, donde estipula que los usuarios no pueden utilizar equipos electrónicos, radios o grabadoras con la reproducción de audios que puedan llegar a alterar la tranquilidad de los demás viajeros.
Asimismo, en el numeral queda establecido que escuchar algún tipo de ese material “solo es permitido” con audífonos a un volumen que permita a los demás usuarios escuchar las informaciones emitidas por los altavoces de los trenes, cabinas y estaciones.
Tirar o depositar objetos, materiales, basura, así como verter líquidos en cualquier punto de la vía, estaciones y alrededores, son algunos de los actos que la Opret prohíbe en su manual y a pesar de que en las instalaciones de los referidos medios de transporte hay zafacones dispuestos para los desechos, algunos usuarios realizan.
Entre los residuos considerados en la prohibición del numeral 31 del artículo 34, incluye papeles, periódicos, cartones, residuos, escombros, desperdicios orgánicos, agua, químicos, etc.
El manual también especifica que queda prohibido “distribuir, publicidad, volantes, prensa, solicitar firma de peticiones, recolectar dinero, organizar sorteos, juegos de azar o similares sin la correspondiente autorización de la entidad transportadora”
Además de estas prohibiciones, tanto en las instalaciones del metro como el teleférico, los usuarios no pueden escribir, rayar, pintar o pegar carteles en las paredes de las instalaciones como en las cabinas del teleférico y vagones del metro.
Entorpecer deliberadamente la circulación del público, es otra de las cosas consideradas como prohibición en el referido instructivo, al igual que impedir la circulación de otros usuarios por las escaleras eléctricas, indicando que quienes no circulen sobre ella deben situarse a la derecha.
REFLEXION | IMPORTANCIA DE LAS LEYES PARA UNA SOCIEDAD
Para no vivir en la anarquía, si no hubiera leyes, normas, reglamentaciones cada
uno haría lo que quisiera. Imagínate nada más que el tránsito de una Importante
avenida donde se podría circular de cualquier manera, en todos los sentidos y de
todas las formas posibles, independientemente de poder estacionar donde quisieras
y como se te ocurriera, cuanto crees que duraría, piensas acaso poder pasar o
cruzar una de sus calles. Si con leyes y ordenanzas a veces el tránsito se hace más
que pesado, que sería sin ellas. Ahora; compáralo con una Sociedad totalmente
desorganizada, contarías con alimentos, atención médica, medidas de seguridad,
trabajo etc.
Respetar la ley, acatar las resoluciones judiciales nos hace mejores como sociedad,
y si no estamos de acuerdo se deben ocupar los medios legales para ello, con
argumentos reales y verdaderos sustentados en medios de prueba y no simples
percepciones personales y subjetivas.
Las Normas
La importancia radica que las reglas de sociedad y protocolo, sirven para
comportase con corrección y decoro en cada ocasión que lo acredite, y de esta
forma poder desempeñarse bien y no hacer u obrar con estridencias ni en el vestir,
ni en el decir, los buenos modales ,hacen más llevadera la vida y las relaciones con
los demás, claro que estas reglas no se utilizan en todos los niveles sociales ni en
todos los países son lo mismo pero, es importante tener conocimiento de ellas en la
sociedad en la que vivimos para poder comportarnos debidamente.
Las Leyes y las Normas pertenecen a toda la sociedad y son iguales para todos.
Los Acuerdos pertenecen al ámbito más privado, pueden ser acuerdos entre
vecinos, acuerdos tomados por un Ayuntamiento, acuerdos entre Empresarios,
acuerdos entre dos personas, etc.
Si no estamos de acuerdo con la aplicación o la interpretación que se haga de la
ley podemos recurrir a los tribunales, quienes con base en pruebas reales y concretas decidirán quién tiene la razón o el mejor derecho, pero aquí es importante acreditar el porqué de nuestra posición, un tribunal nunca podrá resolver por simples presunciones o dichos de las personas, deben basar suresolución en la sana critica.
LISTIN DIARIO – LEY SOCIEDAD