Santo Domingo RD.- La empresa de telecomunicaciones Claro, aclaró que las empresas de telecomunicaciones solo pueden realizar interceptaciones telefónicas cuyas solicitudes sean ordenadas por un juez.
En un comunicado, señala que “una vez recibida la instrucción judicial, el procedimiento establece que las telefónicas solo deben facilitar la conexión técnica al organismo de investigación encargado de realizar la interceptación.
Por lo tanto, no corresponde a las prestadoras validar la titularidad del número interceptado, ni participar en la recolección de ningún tipo de registro resultante de ese proceso.”
Fuente: CDN