Esta pieza de ley sobre extinción de dominio se estancó en la Cámara de Diputados, donde ha perimido, después de ser aprobado varias veces en el Senado.

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7 años estacado.- El Congreso tiene bloqueado proyecto de ley extinción de dominio

Ley de Extinción de Dominio.- Busca establecer el decomiso civil de patrimonios con orígenes ilícitos para reincorporarlos al erario sin que haya que agotar juicios penales.

El proyecto de ley sobre juicios de extinción de do­minio para el decomiso civil de bienes ilícitos, se estancó en la Cámara de Diputados, donde ha peri­mido, después de ser apro­bado varias veces en el Se­nado de la República.

La pieza legislativa lleva en discusión alrededor de 7 años. Constituye una de las leyes complementarias que manda la constitución promulgada en el 2010.

La constitución dispone, en el artículo 51, numeral 6, que “La ley establecerá el régimen de administra­ción y disposición de bie­nes incautados y aban­donados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, pre­vistos en el ordenamiento jurídico”.

El proyecto define la ex­tinción del dominio o de la propiedad como la pér­dida de un bien median­te sentencia irrevocable, a consecuencia de su ilici­tud, cuando el afectado no logre probar su proceden­cia lícita, su actuación de buena fe o está impedido para conocer su utilización u origen ilegal. Señala que procede sobre cualquier bien, independientemen­te de quien ostente su pose­sión o lo haya adquirido.

La prescripción para la acción civil sería de 30 años. Se ejercerá contra los bienes ilícitos por su natura­leza, origen o destino, y no contra ninguna persona en particular.

Autónoma

Será autónoma, es decir, distinta e independiente de cualquier otra de naturale­za penal, civil, administrati­va, según consta en la pro­puesta legislativa.

Decisión en lo penal
“La absolución del afecta­do en el proceso penal o la no aplicación de la pena de confiscación de los bienes, la ausencia de procesos pe­nales o de cualquier otro gé­nero, así como el cumpli­miento de las obligaciones tributarias o administrati­vas, no prejuzga respecto de la legitimidad de ningún bien y, por tanto, los mis­mos pueden ser objeto de la acción de extinción de dominio, aun cuando ha­ya recaído decisión previa en lo penal, administrativo o cualquier otra índole”, se plantea en el proyecto de ley.

El juicio para el decomiso ci­vil sería conocido por tribu­nales especializados que se sugieren crear, con catego­ría de corte de apelación. Y el sometimiento de la ac­ción judicial será compe­tencia del ministerio públi­co, que actuaría en nombre del Estado dominicano.

En pleno estancamiento

El exsenador Adriano Sán­chez Roa, uno de los auto­res del proyecto, indicó que fue aprobado en tres oca­siones en el Senado, pero que siempre perimió en la Cámara de Diputados. Dijo que fue trabajado desde el 2014.

Destacó que fue consensua­do con todos los sectores, entre ellos autoridades, so­ciedad civil y los organis­mos internacionales.

“Este proyecto y la ley de Lavados de Activos y con­traterrorismo, son las me­jores armas contra el narco y la corrupción en general”, afirma.

Respaldo de EE.UU al país

El pasado miércoles, el en­cargado de negocios de la embajada de Estados Uni­dos en República Domini­cana, Robert Thomas, dijo que su país desea traba­jar con el gobierno domi­nicano en el avance de los esfuerzos legislativos para crear un sistema de extin­ción de dominio, que per­mita recuperar los bienes y riquezas que los crimina­les y funcionarios corrup­tos han robado al Estado y al pueblo. “Sé que esto es una prioridad de ustedes y después de varios intentos fallidos en el pasado cree­mos que la aprobación de esta legislación podría ser un logro importante para el pueblo dominicano y apo­yaremos los esfuerzos de su gobierno para desarrollar esta importante herramien­ta”, indicó Thomas duran­te una reunión en el Palacio Nacional.

Robert Thomas, encargado de negocios de la embajada de los Estados Unidos, ha desengavetado un proyecto de ley que generará un debate de primer plano en la lucha contra el flagelo de corrupción pública.

“Deseamos trabajar con ustedes en el avance de los esfuerzos legislativos para crear un sistema de extinción de dominio que permita a su gobierno recuperar los bienes y riquezas que los criminales y funcionarios corruptos han robado al Estado y al pueblo dominicano”, dijo el diplomático al presidente Luis Abinader en un acto  en el Palacio Nacional.

A principios de 2020, la pieza legislativa fue dejada sobre la mesa por el gobierno de Danilo Medina luego de su sanción en dos lecturas por el Senado.

El Proyecto de Ley sobre Juicios de Extinción de Dominio de Bienes Ilícitos busca establecer el decomiso civil de patrimonios con orígenes ilícitos para reincorporarlos al erario sin que haya que agotar juicios penales.

La figura de la extinción de dominio se introdujo en la Constitución del 2010 en el contexto del artículo 51 que reza: “Sólo podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan su origen en actos ilícitos contra el patrimonio público, así como los utilizados o provenientes de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia transnacional organizada y de toda infracción prevista en las leyes nacionales”.

En su numeral 6, el citado artículo prescribe que, “la ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio…”

Siendo de origen estadounidense, el instituto jurídico de la extinción de dominio ha sentado raíces en países como México, que lo introdujo en su Constitución en el 2008, y Colombia.

En República Dominicana, las leyes 5785 y 5924, de 1962, permitieron la confiscación de los bienes de los bienes de la familia Trujillo mediante procedimientos civiles y penales.

Sin embargo, el régimen preceptivo  de este instituto actualmente es distinto de aquella experiencia post-trujillista, puesto que se trata de un proceso que persigue bienes y no personas, mediante juicios civiles contra organizaciones criminales.

Dentro de los escollos que presentó el proyecto de ley que perimió en el Congreso estuvo el hecho de que se creaba una jurisdicción especializada para el tema, cuestión que dificulta su operatividad.

La oportunidad

La oportunidad que se presenta ahora es que el presidente Abinader pudiera coordinar los esfuerzos de la comisión de abogados para la recuperación de bienes públicos creada por decreto con una vía rápida en el Congreso para la aprobación de esta ley

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Fuentes; Acento Por Namphi Rodríguez – Listin Diario por Wanda Méndez