Por José Luis Taveras
Para que se aprecie el desnivel de las diligencias requeridas a las autoridades brasileñas, comparemos: mientras la República Dominicana en todo el proceso de investigación por los sobornos solo hizo tres solicitudes a Brasil; Perú, por su parte, realizó 68 requerimientos, incluyendo varios testimonios in sito
Valoro la utilidad del tiempo, por eso decidí no volver a tocar un tema malogrado que terminó en un fiasco, tal como se adelantó. Se trata de Odebrecht. Y no me refiero a la trama de corrupción internacional que atrapó en sus zarpas a varios gobiernos latinoamericanos. Aludo a la urdimbre política más oscura de los últimos tiempos: al plan maestro del gobierno dominicano para evitar que los efectos de la investigación alcanzaran al presidente Medina y a su íntimo entorno. Nadie, excepto una inteligencia siniestra y despótica, pudo haber logrado ese resultado.
Rescato el tema de su abandono por una razón emocional: la indignación, último resabio que como aguijón produce desgarros cuando la verdad es disfrazada con baratas lentejuelas para encubrir impunidades.
Todo resurgió por la publicación de un informe-reportaje de la revista brasileña Jota y la organización Transparencia Internacional de Brasil que presenta datos y documentos asociados a las investigaciones realizadas en ese país y que conciernen a los negocios ilícitos de la constructora en aquellos donde Odebrecht operó, incluyendo los acuerdos de colaboración realizados por esos países con las autoridades judiciales de Brasil.
El informe destaca, como nota sintomática, que la República Dominicana fue el único país (entre los nueve de América Latina donde Odebrecht realizó obras) que no firmó un término de compromiso con el Ministerio Público brasileño; en cambio, fue el primero en cerrar un acuerdo directo con la constructora para descargarla tempranamente, digo yo, de un proceso judicial que podía desbordarse de sus causes.
La Procuraduría General de la República, muy tarda y reticente para otras cuestiones, reaccionó rápidamente para sofocar la nueva ola de sospecha que atizó el informe, aferrada a la ilusa idea de que su proceso todavía conserva algún crédito. Es así que en un reciente despacho de prensa deslegitima el informe imputándole sus conclusiones a un presunto falseamiento de información por parte de los acusados y sus abogados para entorpecer y retardar su proceso. No. Se trata de lo que es: una de las comprobaciones del informe-reportaje Jota y Trasparencia Internacional de Brasil. Si fuera un ardid de la defensa, nunca lo estaría comentando. El informe está en línea y puede ser verificado y reproducido en las redes.
Otro argumento de defensa de la Procuraduría es sostener que ella firmó en diciembre de 2016 un acuerdo de cooperación jurídica internacional, conocido como la Declaración de Brasilia, suscrito también por los representantes del Ministerio Público de los países donde Odebrecht realizó operaciones. Pero resulta que ese no es el caso al que alude el informe. Se trata de algo más concreto y funcional. Nos explicamos: en virtud precisamente de la Declaración de Brasilia las autoridades de los Estados suscribientes se comprometieron a crear equipos conjuntos de investigación, bilaterales y multilaterales, que permitieran investigaciones coordinadas para obtener pruebas en las fuentes. Como parte de ese acuerdo, cada país firmó los llamados “términos de entendimiento”, que es un documento en el que se establecen las bases y alcances de la cooperación judicial, incluyendo la creación de equipos conjuntos de investigación.
Cada país firmó y negoció su propio entendimiento, menos la República Dominicana. Como tampoco creó equipos conjuntos de investigación como lo hicieron Argentina, Perú y Paraguay. En resumen, lo único que la Procuraduría suscribió con el Ministerio Público de Brasil fue el acuerdo marco de intención (Declaración de Brasilia) porque no tenía otra opción.
¿Por qué no firmó un entendimiento para operativizar los compromisos de esa declaración? Porque no le interesaba profundizar las investigaciones para evitar que sus comprobaciones se salieran de control, por eso la prisa en cerrar un acuerdo con Odebrecht, siendo el primer país en hacerlo. En otras palabras, la Procuraduría desechó la cooperación de la Justicia brasileña y el beneficio de los tratados internacionales (OEA y ONU) sobre corrupción para atenerse a la promesa de delación de la propia acusada en un acuerdo cuyos estándares de cumplimiento permanecen todavía como secretos de Estado. Todo lo contrario: la idea era aislar el proceso. Evitarse la intervención de agentes públicos imparciales de otros Estados. De manera que la Procuraduría dirigió a su discreción una investigación que desbordaba su capacidad técnica y gerencial para hacer una acusación selectiva que no inculpó a nadie de su gobierno a pesar de este haber manejado más de la mitad de los montos revelados en sobornos y haberle adjudicado a Odebrecht la obra más costosa de toda la historia de las contrataciones públicas. Eso, en cualquier país del mundo, motiva un juicio político.
Para que se aprecie el desnivel de las diligencias requeridas a las autoridades brasileñas, comparemos: mientras la República Dominicana en todo el proceso de investigación por los sobornos solo hizo tres solicitudes a Brasil; Perú, por su parte, realizó 68 requerimientos, incluyendo varios testimonios in sito. La diferencia está en la determinación política, en el rigor de la instrucción y en los alcances de la cooperación. Los resultados han hablado: en Perú, cuatro expresidentes han sido investigados o detenidos, incluyendo uno en pleno ejercicio, uno suicidado y otro prófugo, para solo citar un ejemplo; ninguno se asesoró con Joao Santana ni permitió la operación del departamento de operaciones estructuradas de Odebrecht en su territorio. En la República Dominicana el presidente bajo sospecha pretende reelegirse.
Pero asumamos, como colige el reporte, que la Procuraduría dominicana se basó en el acuerdo con Odebrecht para obtener su propia cooperación judicial. ¿Dónde están esas entonces las pruebas? Fuera de las delaciones y los testimonios obtenidos en Brasil, ¿cuáles otros testimonios e inculpaciones resultaron de las obligaciones de Odebrecht para cumplir el acuerdo? ¿Ha rendido la Procuraduría un informe sobre esos aportes? ¿Cuál es el estatus de cumplimiento? ¿Dónde están los elementos nuevos obtenidos del acuerdo, distintos a los conocidos antes, en lo que se refiere a los sobornos? ¿Con base en cuáles investigaciones excluyó la Procuraduría a Punta Catalina? Nadie sabe en qué ayudó o no el acuerdo aparte de las sumas prometidas en devolución, que son centavitos para las ganancias obtenidas en las sobrevaluaciones, un tema omitido en la acusación.
Otra excusa de la Procuraduría para aclarar por qué no acudió a un entendimiento de cooperación al amparo de la Declaración de Brasilia es “porque las autoridades de Brasil en ese momento se encontraban imposibilitadas de compartir información con los demás países, ya que los acuerdos de lenidad y de colaboración premiada que habían firmado con Odebrecht estaban sujetos a términos de confidencialidad, conforme a la legislación brasileña”. Eso no era nuevo. Era parte de las premisas expresas de la misma Declaración de Brasilia, que establecía que ese impedimento no era definitivo y que la reserva de la confidencialidad estaba sujeta a un plazo de seis meses, con vencimiento a junio de 2017. ¿Finalmente no se conocieron esos documentos? Una vez obtenidos: ¿qué imposibilitaba a la Procuraduría suscribir un entendimiento de cooperación con Brasil? ¿El acuerdo con Odebrecht? No. Esa era una decisión soberana de la Procuraduría y no una condición que se le impusiera de forma ineludible. Por eso nada impedía hacer lo que otros ministerios públicos latinoamericanos hicieron. Los alcances de la colaboración los determinaba el interés de las partes. Pero la nuestra no quiso arriesgarse y optó, como estrategia de exclusión anticipada, por precipitar un acuerdo y evitar así que el acusador (Estado) resultara acusado. Funcionó la trama política, fracasó la institucionalidad. Respiró el presidente.
Lo risible de todo esto es que en su nota de prensa la Procuraduría General de la República cita como un logro inédito el hecho de ser la República Dominicana “el primer país latinoamericano en … llegar al final de la audiencia preliminar en un tiempo récord”. Y ¿quién dijo que el objetivo no era acelerar un juicio sin importar sus pírricos resultados?. Definitivamente, ahí le traicionó la conciencia a Jean Alain Rodríguez.
Fuente Acento