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Ministerio de Economía


El coordinador sectorial Gustavo Oliva, de la Dirección de Análisis de Pobreza, Desigualdad y Cultura Democrática, presentó los resultados del estudio “Emociones y framing en el debate digital sobre la regularización del trabajo doméstico remunerado”, que analiza las percepciones ciudadanas sobre la regulación del trabajo doméstico.

Santo Domingo, República Dominicana. (Diciembre de 2022). El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo reafirma su compromiso con la reducción de las desiguales condiciones socioeconómicas y laborales del sector doméstico y de contribuir en la comprensión del debate público y político en torno a su regularización, mediante el análisis de reacciones de la población vertidas en medios digitales.

El coordinador sectorial Gustavo Oliva, de la Dirección de Análisis de Pobreza, Desigualdad y Cultura Democrática, explicó que los resultados del estudio “Emociones y framing en el debate digital sobre la regularización del trabajo doméstico remunerado” ofrecen una panorámica de las percepciones ciudadanas sobre la regulación del trabajo doméstico y que, por dar cuenta de procesos de formación de actitudes políticas relevantes, constituye un instrumento útil para la toma de decisiones en políticas públicas, así como para evaluar el impacto en la opinión pública de futuras acciones.

El estudio, presentado en el marco del Seminario de Economía, Finanzas y Ciencias Sociales, que organizó el Viceministerio de Análisis Económico y Social, establece que “el debate en torno a la regulación del trabajo doméstico, al concitar la participación de un reducido grupo de dominicanos con lineamientos ideológicos bien definidos, muy activos y politizados, deviene en un enfrentamiento de tipo identitario divisivo, caracterizado por una alta polarización afectiva”.

Al detallar los hallazgos del estudio, Oliva indicó que el 38.6 % de los usuarios de Twitter que se pronunciaron sobre la regularización del trabajo doméstico remunerado podrían ser considerados simpatizantes a partir de sus tuits, mientras que el 48.8 %, calificarse como detractores y el 12.6 % podrían ser catalogados como no alineados o neutrales. Así mismo, al analizar el contenido de los tuits, precisó que el 2.7 % pueden ser considerados como muy positivo, el 21.2 % como positivo, el 25.3 % neutral, el 42.7 % negativo y el 8.4 % muy negativo.

Recordó que el trabajo doméstico se trata de la actividad económica del país con el menor pago promedio por hora de trabajo, RD$57 por hora. Adicionalmente, indicó que los hogares de personas ocupadas en el servicio doméstico constituyeron en 2021 la rama de actividad económica con mayor porcentaje de pobreza monetaria (20.33%).

El trabajo doméstico durante 2021 generó 245,102 empleos, más del doble de personas empleadas en zonas francas. De estos 245,102 en el servicio doméstico, 226,262 fueron empleos de mujeres y 18,840 empleos de hombres. Por tanto, se trata de la tercera rama de actividad económica más importante para la ocupación de las mujeres en el país.

Acuerdo histórico

En septiembre de 2022, el presidente Luis Abinader encabezó el anuncio del acuerdo que formaliza el trabajo doméstico en el país y establece igualdad de condiciones entre de las personas ocupadas en el trabajo doméstico con el resto de las personas ocupadas en el país, en cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del 2011, sobre trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, ratificado por el Congreso Nacional en el 2013.

El acuerdo establece que las trabajadoras y trabajadores domésticos deberán ser registrados en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y el salario mínimo será de RD$10,000, a ser pagados en períodos no mayores de un mes. También estipula que debe existir un contrato firmado por ambas partes que fije el tipo de trabajo a realizar, horario, salario y período de vacaciones.

Asimismo, se recuerda que el 19 de diciembre de 2022 inició el plan piloto de regularización del trabajo doméstico, proceso en el que se identificará a la población que aplica para los beneficios contemplados en la Resolución 551-08, emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social.

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