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JCE | Registro Civil – Nacimientos – Declaraciones tardías

Consulta los requisitos para declaración tardía con terceros en calidad de declarantes.

A QUIENES APLICA:

1. Menores de 16 años. 

2. Mayores de 16  a 59 años.  

3. Mayores de 60 años que no hayan tenido cédula de identidad.       

CASOS EN QUE APLICA:

I.       Hijo(a) de la madre que:

a. Está fallecida;

b. Padece discapacidad mental o física que le impidan trasladarse a la Oficialía del Estado Civil correspondiente;

c. Se desconoce su paradero;

d. Reside en un país extranjero y le es imposible regresar a territorio dominicano;

e. Carece de Cédula de Identidad y Electoral, pero posee Cédula de Identificación Personal expedida sin  acta de nacimiento, vale decir, sin estar declarada, o que aún estando declarada, se encuentra imposibilitada para asistir a un Centro de Cedulación a renovar su carnet de Cédula de Identidad Personal;

f.  Hijo/a de padres casados entre sí, que  ambos padres están fallecidos.

REQUISITOS:

1.- Constancia de Nacimiento, expedida por la clínica u hospital donde ocurrió el parto. Si fue con comadrona, certificación expedida por el Alcalde Pedáneo del lugar de nacimiento, debidamente legalizada en el ayuntamiento correspondiente.

2.- Certificación de Bautismo.

3.- Fotocopia de la cédula de identidad y electoral del declarante (esta persona debe ser por lo menos 5 años mayor que la persona que se va a declarar).

4.- Si los padres estaban casados, acta de matrimonio de éstos.

       ANEXAR A LOS REQUISITOS EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA:

a. Si la madre falleció: Acta de defunción o Certificación expedida por el Ayuntamiento o por el cementerio o por el Alcalde  Pedáneo del lugar del fallecimiento.

bSi los padres eran casados y están fallecidos: Actas de defunción de ambos o Certificación expedida por el Ayuntamiento o por  el cementerio o por el Alcalde Pedáneo del lugar del fallecimiento.

c. Si la madre tiene discapacidad física o mental: Certificado médico, fotocopia de su cédula de identidad y electoral, si tiene.

d. Si la madre reside en el exterior: Poder instrumentado ante el Consulado Dominicano  correspondiente autorizando a la persona que comparecerá a declarar,  debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, fotocopia de su cédula de identidad y electoral. (Nota: Esta certificación es necesaria solo en los casos en que el futuro(a) inscrito(a) es menor de edad)

e. Madre con domicilio desconocido: fotocopia de su cédula de identidad y electoral o certificación de cédula expedida por la JCE, en caso de que porte este documento de identidad.Nota:  Luego de llevar los requisitos a la oficialía correspondiente; cuando el  futuro(a) inscrito(a) tenga 12 años o más será necesario hacer la captura de los datos biométricos y que los mismos sean validados. Esto se realiza en la misma oficialía, quienes le darán la orientación necesaria al respecto. 

Junta Central Electoral de la República Dominicana.

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