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Voto en Casa para personas con discapacidad

La Junta Central Electoral (JCE) emitió este jueves la Resolución No. 54/2016 que establece el «Voto en Casa» para las personas que, por motivo de discapacidad física severa, condición motora severa o motivos graves de salud, no pueden desplazarse a los centros de votación en las elecciones ordinarias generales programadas para el 2024.

El organismo indicó que esta medida también será implementada, de manera exclusiva y como piloto, en una eventual segunda vuelta si se produjere en las demarcaciones correspondientes al Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo. El horario de votación corresponderá al establecido para las Elecciones Ordinarias 2024.

Mediante las disposiciones estipuladas en la resolución se encuentra la implementación del “voto en casa”, el cual es un programa piloto destinado al ejercicio del sufragio activo en los domicilios de las personas que, por motivo de discapacidad física severa, condición motora severa o motivos graves de salud, no puedan acudir a su colegio electoral en las fechas señaladas para la celebración de las elecciones y será aplicado de manera exclusiva en el gran Santo Domingo.

Requisitos

De a cuerdo a la JCE, para ser beneficiario del Programa Voto en Casa, el elector deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Completar formulario de solicitud de Voto en Casa.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral y la constancia de salud correspondiente.
  3. La persona solicitante deberá comprobar la imposibilidad mediante los siguientes documentos:
    a. Certificado Médico que detalle imposibilidad de desplazamiento o movilidad.
    b. Certificado de Discapacidad emitido por Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS).
  4. La persona solicitante deberá tener domicilio registrado en la demarcación donde se estará implementado el programa piloto, y pertenecer a uno de los colegios electorales correspondiente a la misma.
  5. La solicitud deberá ser presentada desde el 01 de Octubre hasta el 30 de Diciembre de 2023.

La JCE precisó que quedan exentos de ser beneficiarios del programa «Voto en Casa» las personas que se encuentran ingresadas en centros de rehabilitación psicosocial u hospitales, así como las que por indicaciones médicas no puedan tener contacto con otras personas.

«Completado el proceso de inscripción del Programa Voto en Casa, la Mesa Técnica del Voto Accesible de la Junta Central Electoral, realizará la verificación del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo 5 de la presente resolución. Una vez validada las personas solicitantes, la Junta Central Electoral emitirá una lista conteniendo las personas beneficiarias del programa Voto en Casa», añadió.

Para ser de las personas que reciban el beneficio del voto en casa, los solicitantes deben de completar formulario de solicitud de voto en casa, que estará colgado en la página de la JCE; y adjuntarle a la misma la copia de la cédula de identidad y lectoral y la constancia de salud correspondiente.

Por igual, la persona solicitante deberá comprobar la imposibilidad mediante un certificado médico que detalle imposibilidad de desplazamiento o movilidad y un certificado de discapacidad emitido por Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).

Además, el solicitante deberá tener domicilio registrado en la demarcación (provincia Santo Domingo y Distrito Nacional) donde se estará implementado el programa piloto, y pertenecer a uno de los colegios electorales correspondiente a la misma. Las solicitudes deberán ser presentadas hasta el 30 de Diciembre de 2023.

Quedan exentos de ser beneficiarios del programa aquellas personas que se encuentran ingresadas en centros de rehabilitación psicosocial u hospitales, así como las personas que por indicaciones médicas no puedan tener contacto con otras personas.

Luego de ese proceso, se realizará la verificación del cumplimiento de los requerimientos y pasado ello se publicarán tanto en el portal de la JCE como en el Conadis el listado de las personas que emitirán el sufragio desde sus hogares.

¿CÓMO FUNCIONARÁ?

El programa será implementado mediante unidades móviles, las cuales estarán conformadas por tres personas (un presidente, un secretario y un vocal) que fungen como miembros de los equipos móviles; además de un representante de las organizaciones para personas con discapacidad, miembros de la Policía Militar Electoral y los delegados de los partidos políticos que se acrediten para tales fines.

La designación de los equipos móviles y la entrega de los materiales electorales serán realizadas en la forma y plazos establecidos por la Ley Orgánica Electoral No. 20-23 y los reglamentos emitidos por el Pleno de la Junta Central Electoral para tales fines.

El día de la votación, los miembros del equipo móvil validarán los materiales electorales y las rutas de traslado a los domicilios de las personas beneficiarias. 

Una vez en el domicilio de la persona, el presidente verificará la cédula del votante, para luego entregar las boletas electorales, los marcadores y el pódium móvil. 

De ser necesario, la persona votante podrá solicitar la asistencia de alguien de confianza en su domicilio para marcar las boletas electorales. 

Se doblará la boleta electoral y depositará en el sobre correspondiente y se procederá a sellar el mismo con la cinta de seguridad. Cada voto será depositado en el sobre electoral.

Una vez cerrado el proceso de votación, el personal del equipo móvil se dirigirá al Colegio Electoral correspondiente para la entrega de los sobres que contienen los votos emitidos dentro del programa para su integración en el proceso de escrutinio.

La entrega de los sobres en los colegios electorales se realizará en presencia de los integrantes del equipo móvil en manos del presidente del colegio electoral, quien a su vez removerá la cinta de seguridad y procederá a depositar las boletas electorales en la urna correspondiente.

La JCE será la responsable de asegurar los medios de transporte necesarios para que los equipos móviles puedan cumplir con sus funciones.


JUNTA CENTRAL ELECTORAL – LISTIN DIARIO – HOY DIGITAL

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