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Presidencial de la República Dominicana

Ministerio de Salud Pública

Salud Pública anuncia medidas excepcionales tras declarar estado de epidemia nacional

Santo Domingo.-El Gobierno declaró epidemia nacional por el coronavirus y suspendió en todo horario los eventos comerciales, culturales, artísticos, deportivos y de cualquier otra índole que propicien aglomeraciones de personas.

Resolución contradictoria. Gobierno prohíbe actividades sociales, declara epidemia nacional

Según la resolución seguirán cerrados en todo momento los casinos, bares, discotecas, clubes, salas de cine, teatros, gimnasios y cualquier otro establecimiento de igual naturaleza.

En una resolución contradictoria en cuanto a la explicación del horario, por una parte dice que las actividades económicas, sociales y recreativas estarán prohibidas desde las 8:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada todos los días de la semana.

Mientras que en otra parte de la misma, se precisa que es en todo horario.

Actividades exentas

Actividades esenciales, como los servicios de salud y farmacéuticos, labores de seguridad privada, oficios de prensa y medios de comunicación, la prestación de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y desechos sólidos, así como los servicios de hotelería, hospedaje y restaurantes quedarán exentos de cumplir con este horario.

Asimismo, las labores operativas correspondientes a los sectores de industria, minería, zonas francas, construcción de infraestructuras sanitarias, transporte y distribución de mercancías y servicios funerarios serán permitidas.

Todas las operaciones destinadas al trabajo logístico y la celebración de las próximas elecciones presidenciales y congresuales a cargo del personal acreditado por la Junta Central Electroal, así como las actividades de proselitismo electoral en espacios abiertos serán también exonerados de cumplir con el horario dispuesto por Salud Pública.

Toda empresa que requiera realizar actividades de manera excepcional en horario de 8:00 de la noche a 5:00 de la mañana deberán tener una autorización escrita de la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Covid-19, detalla la resolución.

Actividades restringidas

Por su parte, todas aquellas actividades que impliquen aglomeración de personas, como los servicios educativos en todos sus niveles, establecimientos de recreación como casinos, bares, discotecas, clubes, salas de cine o teatros, permanecerán prohibidas en todo horario “por considerarse focos particularmente sensibles de contagio”, explica el documento.

Aquellos eventos de finalidad comercial, cultural, artísticos, deportivos “y de cualquier otra índole que propicien concentraciones y aglomeraciones de personas tales como ferias, convenciones, conciertos y demás espectáculos públicos, eventos deportivos o de cualquier otro tipo en estadios, palacios de deportes, arenas deportivas, galleras y demás lugares de igual naturaleza” serán restringidos.

Se permitirán los servicios religiosos tres veces por semana durante el estado de epidemia nacional, respetando los protocolos de distanciamiento físico, uso de mascarillas y medidas de protección personal para prevenir el contagio.

Salud Pública confirmó la continuidad de todas las disposiciones relativas a la segunda fase del proceso de desescalada iniciado por el Poder Ejecutivo desde el 20 de mayo, pese a que el estado de emergencia nacional concluirá este 30 de junio.

Junto a la Comisión de Alto Nivel, la entidad sanitaria determinará “el curso de las nuevas fases de la desescalada gradual en función de una evaluación objetiva de los datos epidemiológicos y la evolución de la pandemia”.

Salud Pública también se comprometió a mantener vigentes los protocolos relativos al manejo y seguimiento de las personas con covid-19, enfermedad que ya ha afectado a 30,619 personas en el país, con 718 fallecimientos confirmados y 16,666 personas recuperadas, según el último boletín de la institución publicado este sábado.

Sanciones por incumpliento

La resolución establece que el incumplimiento de estas medidas puede ser sancionado con multas que oscilen entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece el numeral 1 del artículo 153 de la Ley General de Salud.

En ese sentido, aquellos establecimientos que laboren fuera del horario establecido según el ramo de actividad, o que carezcan de permisos para hacerlo por parte de la Comisión, pueden ser clausurados temporalmente por el organismo sanitario.

“Se exhorta a la población a observar las medidas de distanciamiento social recomendadas por las autoridades y los organismos especializados y, en tal virtud, limitar las salidas del hogar a diligencias laborales o personales estrictamente necesarias”, en especial a las personas con más de sesenta años o con condiciones existentes, a los que la entidad solicita permanezcan en sus hogares “salvo para actividades estrictamente indispensables”.

Venció el toque de queda


La medida fue adoptada por el Ministerio de Salud Pública para controlar y mitigar la propagación del covid-19, luego que ayer se venciera el toque de queda y el próximo martes vence el estado de emergencia, por los últimos 17 días. Estarán permitidas las actividades de proselitismo.

El Ministerio de Salud dijo que están prohibidas en todo horario la educación presencial, en los niveles primario, secundario, universitario, técnico laboral y cualquier otro subsistema que implique aglomeraciones de personas.

Esta disposición incluye también a los restaurantes, cafeterías, colmados y otros lugares de venta de comida, salvo las modalidades de recogida y servicio a domicilio de alimentos. Quedan suspendidos, además, los eventos comerciales, culturales, artísticos, y de cualquier otra índole que propicien concentraciones y aglomeraciones de personas, tales como ferias, convenciones, conciertos y demás espectáculos públicos.También las actividades deportivas o de cualquier otro tipo con presencia de público en estadios, palacios de deportes, arenas deportivas, galleras y demás lugares de igual naturaleza.

Preparación y entrenamiento deportivo

Mientras que permitirán las actividades de entrenamiento, preparación física de atletas y la práctica de deportes cuyas reglas permiten el distanciamiento físico con estricto cumplimiento de los protocolos establecidos.

El Ministerio de Deportes y Recreación estará a cargo de establecer las directrices para la implementación de esta disposición.

Los servicios religiosos se realizarán tres veces por semana respetando los protocolos de distanciamiento físico, uso de mascarillas y medidas de protección personal para prevenir el contagio.

La decisión fue adoptada mediante la resolución 000018, emitida este sábado 27 de junio por Salud Pública.

Salud Pública en su resolución informó que se mantienen vigentes las disposiciones relativas a la segunda fase del proceso de desescalada iniciado por el Poder Ejecutivo el 20 de mayo del año en curso. en esa fase se permite el 100% de los trabajadores en la micro empresas, el 75% a la pequeña empresas y el 50% a las grandes empresas.

La resolución precisa que el Ministerio de Salud Pública, en consulta con la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y el Control del Coronavirus y el Comité de Emergencia y Gestión Sanitaria, determinará el curso de las nuevas fases de la desescalada gradual en función de una evaluación objetiva de los datos epidemiológicos y de la evolución de la pandemia. Se mantienen vigentes los protocolos generales y sectoriales establecidos por la Comisión.

Cerrarían negocios

El Ministerio de Salud indica que el incumplimiento de las medidas que dispone esa resolución puede dar lugar a la clausura temporal de establecimientos y a sanciones con multas que podrán oscilar entre uno y diez salarios mínimos.

Exhorta a la población a observar las medidas de distanciamiento físico recomendadas por las autoridades y los organismos especializados y limitar las salidas del hogar a diligencias laborales o personales estrictamente necesarias.


Fuente El DineroEl Nacional

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