EMERGENCIA NACIONAL SECTOR ELECTRICO RD – DECRETOS – OPINIÓN
Posible incapacidad para suplir energía motiva compra de emergencia
La declaratoria de emergencia tendrá una duración de doce meses. Decreto. Autoriza la expansión de la capacidad de generación, compra de equipos y plataformas de almacenamiento.
Ante un aumento en la demanda de energía que supera los 3,850 megavatios, el gobierno se ve en la urgencia de aumentar la capacidad de instalación de generación energética.
En búsqueda de contrarrestar la recién ola de apagones que afecta a varios sectores del país, el Gobierno declaró de “emergencia nacional” las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras que se realicen para incrementar la capacidad de generacion, reducir la inestabilidad de la red eléctrica, suplir la demanda del Sistema Electrico Nacional Interconectado (SENI) y fortalecer el almacenamiento de energia en la Republica Dominicana.
De acuerdo con el decreto 517-25, firmado por el presidente Luis Abinader este lunes, estas compras “garantizarán” la continuidad y seguridad del suministro eléctrico, así como la reducción de las pérdidas técnicas y no técnicas de las empresas distribuidoras de electricidad.
La disposición gubernamental procura la expansión de la capacidad de generación de electricidad mediante la incorporación de nuevas unidades de generación térmicas de respuesta rapida, a ser contratadas, gestionadas u operadas directa o indirectamente por las empresas distribuidoras de electricidad (las Edes, Punta Catalina o la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana).
Además, la planificación, contratacion, construccion e instalacion de plataformas de almacenamiento de energia electrica de tipo independiente (stand-alone) o bancos de baterias, en las facilidades de generacion a ser incorporadas mediante la contratación, gestión u operacion directa o indirecta por parte de las empresas distribuidoras de electricidad.
Por igual, la compra de equipos, repuestos, materiales y facilidades destinados a la prestación del servicio de distribución, transformación de energia, medición y cobro del suministro eléctrico, asi como la contratacion de proyectos de rehabilitación y expansión de las redes de distribución, contratos para reducción de perdidas, acuerdos para la gestion de la demanda de los “Usuarios No Regulados” por parte de las empresas distribuidoras con el objetivo de reducir las pérdidas técnicas y no técnicas de las mismas.
De la misma manera, se dispone la contratación de trabajos de consultoria, asesoría, asistencia técnica, servicios jurídicos, diseños, análisis financieros, estudios técnicos de ingenieria y geología o de impacto ambiental que sean necesarios para la puesta en marcha y ejecucion de las compras y contrataciones.
“Se declara de interés nacional la ampliación de la matriz de generación eléctrica, a los fines de cubrir el incremento súbito de la demanda eléctrica nacional de electricidad. A tales fines se ordena a las empresas distribuidoras de electricidad, así como a las entidades involucradas en la interconexión y puesta en servicio de las correspondientes centrales, a proceder con la mayor celeridad para cubrir la necesidad antes expuesta en el marco de sus respectivas leyes”, reza el artículo siete.
El decreto estipula que la declaratoria de esas compras y contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de un año a partir del ocho de septiembre.
“Transcurrido dicho plazo, quedará extinguida de pleno derecho la situacion de emergencia declarada mediante el presente decreto, salvo prorroga expresa otorgada mediante un nuevo decreto presidencial que la justifique”, reseña el decreto.
El Gabinete del sector eléctrico, presidido por el ministro de Energía y Minas, Joel Santos, será el responsable de supervisar la correcta aplicación de los procedimientos establecidos por el decreto.

EN CORTITO…
Con el objetivo de eficientizar el sistema eléctrico y combatir la “ola de apagones” que azotan a República Dominicana, el presidente Luis Abinader declaró de emergencia nacional las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras que realicen las empresas distribuidoras de electricidad (EDE), y que, durante un año, gestionarán los servicios como procedimientos de excepción como dispone la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones. También, el mandatario declaró de interés nacional la ampliación de la matriz de generación eléctrica, a los fines de cubrir el incremento súbito de la demanda eléctrica en el país, de acuerdo con el Decreto 517-25 firmado por el jefe de Estado, al especificar que las compras y contrataciones de emergencia están dirigidas a “incrementar la capacidad de generación, reducir la inestabilidad de la red eléctrica, suplir la demanda del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI) y fortalecer el almacenamiento de energía”. Con este propósito, la orden del Poder Ejecutivo promete garantizar “la continuidad y seguridad del suministro eléctrico, así como la reducción de las pérdidas técnicas y no técnicas de las empresas distribuidoras de electricidad”. En ese sentido, el Decreto presidencial dispone la expansión de la capacidad de generación de electricidad mediante la incorporación de nuevas unidades de generación térmicas, a ser contratadas, gestionadas u operadas directa o indirectamente por las empresas distribuidoras de electricidad, -Edesur Dominicana (Edesur), Edenorte Dominicana (Edenorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste), de la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (Egepc) y la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid)-. Así mismo, con la declaratoria de emergencia nacional, el Decreto otorga a las EDE y Egepc la planificación, contratación, construcción e instalación de plataformas de almacenamiento de energía eléctrica de tipo independiente (stand-alone) o bancos de baterías, en las facilidades de generación a ser incorporadas mediante la contratación, gestión u operación directa o indirecta por parte de las empresas distribuidoras de electricidad. Asimismo, establece la compra de equipos, repuestos, materiales y facilidades destinados a la prestación del servicio de distribución, transformación de energía, medición y cobro del suministro eléctrico, así como la contratación de proyectos de rehabilitación y expansión de las redes de distribución.También, los contratos para reducción de pérdidas, acuerdos para la gestión de la demanda de los Usuarios No Regulados; por parte de la Edesur, Edenorte, Edeeste, con el objetivo de reducir las pérdidas técnicas y no técnicas de las mismas. “La contratación de trabajos de consultoría, asesoría, asistencia técnica, servicios jurídicos, diseños, análisis financieros, estudios técnicos de ingeniería y geología o de impacto ambiental, que sean necesarios para la puesta en marcha y ejecución de las compras y contrataciones que se declaran de emergencia en virtud del presente decreto y en base a los propósitos de la misma”, establece como repuesta a la comunicación identificada con el número INT-MEM-2025-13188, suscrita por el ministro de Energía y Minas, Joel Santos, en relación a la declaratoria de emergencia del subsector eléctrico, recibida el 3 de septiembre de 2025, y los informes relativos a la situación. El Decreto dispone que todos los procesos dispuestos deberán ejecutarse con la celeridad que amerita la situación de emergencia, con el objetivo de dotar al SENI de capacidad adicional firme, flexible y de rápida respuesta, que garantice la continuidad y estabilidad del suministro de electricidad a nivel nacional. “Estos procedimientos de contratación por excepción deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas”, uno de los párrafos del Decreto. Las instituciones indicadas deberán rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas.





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